La nueva normativaestá recogida en el Real Decreto (RD) 563/2017, que prevé que las inspecciones podrán realizarse a todos los camiones, furgonetas y vehículosde transporte y comercialesmientras circulen por la red viaria de todo el territorio nacional español, con independencia de su fecha de matriculación. El RD señala que los elementos de sujeción de la carga y algunos de sus componentes deberán cumplir unos parámetros de resistencia en los amarres teleros, traseros, laterales o frontales que se utilicen para sujetar la mercancía.
Los agentes policiales que revisen de forma aleatoria los vehículos comerciales y profesionales, las furgonetasy los camionesrealizarán inicialmente una inspección ocular para evaluar el estado de los elementos de cargay a continuación podrán comprobar la resistenciade las sujecionesa la aceleración y la deceleración de los vehículos. Para realizar esta labor, los policías de tráfico dispondrán de tensiómetrosy de sus correspondientes tablas de calculo las eficiencias de la sujeción.
También se verificará que no se sobrepasa el peso de la cargamáxima permitida en función de las dimensiones del vehículo y que está correctamente repartida. En función de las deficiencias detectadas -de leves a peligrosas- podrá sancionarse al camionero o al profesional de la carrera e incluso inmovilizarle el camióno el vehículo comercial.
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